Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 886 de Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912451
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Fiscal (ADM)

Si el patrón omite asegurar a un trabajador, no obstante ser sujeto del régimen obligatorio de seguridad social y éste sufre un riesgo de trabajo, el supuesto encuadra en los artículos 84 y 86 de la Ley del Seguro Social, por lo que el patrón deberá enterar al instituto los capitales constitutivos de las prestaciones en dinero y en especie, de conformidad con lo dispuesto en la propia ley de la materia. Sin que sea óbice, a lo anterior, la circunstancia de que se haya celebrado convenio ante la Junta de Conciliación y Arbitraje entre el patrón y los beneficiarios del trabajador que falleció como consecuencia de un riesgo de trabajo y se haya realizado el pago correspondiente, en términos del artículo 502 de la Ley Federal del Trabajo, pues tal pago no libera al patrón de la obligación de seguridad social a que se refiere el artículo 19 de la Ley del Seguro Social.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.


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