Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 835 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912400
MateriaDerecho Procesal,Agraria (ADM)

El término de cinco días, que otorga el artículo 179 de la ley de la materia al asesor propuesto por la Procuraduría Agraria para imponerse de los autos y preparar la defensa, empieza a contar a partir de la fecha en que el defensor se apersone al juicio; de ahí, que si comparece con tal carácter hasta la fecha de la celebración de la audiencia que prevé el artículo 185 de la citada ley, es evidente que a partir de ese momento nace tal derecho y no en aquel en que la Procuraduría Agraria hubiera hecho la designación.


SEGUNDO TRIBUNAL...

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