Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 787 de Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912352
MateriaDerecho Constitucional,Agraria (ADM)

Aun cuando este Tribunal Colegiado ha considerado que en términos generales la Procuraduría Agraria no es autoridad responsable para los efectos del juicio de amparo, adquiere esta naturaleza en los casos en que interviene de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley Agraria, máxime cuando sobre este particular se le reclama violación a la garantía consagrada por el artículo 8o. de la Constitución General de la República.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.


Amparo en revisión 33/94.-Procuraduría Agraria.-16 de marzo de 1994.-Unanimidad de votos.-Ponente: T.E.O.M.: R.O.P..


Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIII, abril de 1994, página 418, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VII.A.T.44 A.

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