Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 673 de Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912238
MateriaDerecho Civil,Agraria (ADM)

El régimen a que están sometidos los bienes ejidales no se relaciona con las normas del derecho común, sino que la Ley Agraria determina la forma en que debe realizarse la transmisión de los derechos agrarios; así, el albacea de la sucesión de la titular de aquéllos, carece de legitimación procesal activa para promover el juicio de garantías, para dirimir esos derechos, ya que la parcela en disputa no forma parte, por las razones antes apuntadas, del haber hereditario de la autora de la sucesión, por lo que se surte la causa de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, en relación con el artículo 4o., del mismo cuerpo de leyes.


TRIBUNAL...

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