Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 671 de Primer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912236
MateriaDerecho Civil,Agraria (ADM)

Si la parte demandada, en contra de quien la actora ejercitó la acción agraria de restitución de tierras, manifiesta al producir su contestación, que si bien se encuentra en posesión de la parcela de que se trata, no lo hace en nombre propio, sino por virtud de la situación de dependencia en que se encuentra respecto de su madre, la consecuencia debe de ser la de que el juicio se siga en contra de la persona que realmente detenta la posesión, ya que por virtud de lo estatuido en el artículo 793 del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, supletorio de la Ley Agraria, de acuerdo con lo que dispone el artículo 2o. transitorio de este último ordenamiento legal, en la hipótesis que alega el demandado, a éste no se le considera poseedor. Por tanto, al señalarse en la contestación, quién es la persona en cuyo nombre posee la parte reo la parcela, por virtud de la situación de dependencia que en relación a la misma se encuentra, en contra del verdadero poseedor debe tramitarse...

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