Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 23 (H) de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910873
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

No se viola el artículo 20, fracción IV, de la Constitución General de la República, cuando el inculpado no sea careado con el denunciante, pues este supuesto no es de los que contemplan el dispositivo constitucional citado, ya que éste se refiere a los careos entre el acusado con los testigos que depongan en su contra; esto se corrobora de la simple lectura del diverso artículo 160, fracción III, de la Ley de Amparo en el cual se encuentran previstos los supuestos en que se consideran violadas las leyes del procedimiento en los juicios de orden penal, dispositivo que expresamente alude a la omisión de careos entre el inculpado y los testigos de cargo.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 54/93.-F.C. Cruz.-4 de marzo de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: G.C.R.: J.A.G.Á..


Amparo directo 221/88.-A.T.J..-16 de agosto de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: G.C.R.: J.M.M.C..


Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XII, agosto de 1993, página 373, Tribunales Colegiados de Circuito...

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