Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Septimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 18 (H) de Segundo Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910868
MateriaDerecho Penal,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Penal

El careo, en su aspecto de garantía constitucional, tiene por objeto que el reo vea y conozca las personas que declaran en su contra para que no se puedan forjar artificialmente, testimonios en su perjuicio, y para darle ocasión de hacerles las preguntas que estime pertinentes a su defensa. En tal virtud, la falta de este careo constituye una violación de la fracción IV del artículo 20 constitucional; por tanto, es claro que surge la violación al procedimiento a la que se contrae la fracción III del artículo 160 de la Ley de Amparo, por lo que debe concederse el amparo al quejoso para el efecto de que sea repuesto el procedimiento.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 966/87.-C.H. de la O. y otro.-5 de abril de...

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