Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5697 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910638
MateriaDerecho Constitucional,Penal

Si de las constancias de autos se llega al conocimiento que en la sentencia reclamada la pena de prisión fue sustituida por una de carácter pecuniario, ordenándose la absoluta libertad del sentenciado, resulta incuestionable que el quejoso no puede acogerse al término que por excepción contempla el artículo 22, fracción II de la Ley de Amparo, sino que debe estarse a la regla genérica prevista por el numeral 21 de la propia ley, al no importar ataque a la libertad personal, ni tratarse de alguno de los actos prohibidos por el artículo 22 constitucional.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.

Amparo directo 255/92.-V.G.S. de septiembre de...

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