Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5617 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910558
MateriaDerecho Penal,Penal

El delito de robo aunque se agota en el instante en que se comete, sus consecuencias se continúan temporal y territorialmente mientras subsista el apoderamiento ilícito de la cosa, con independencia del tiempo transcurrido y del lugar al que se lleve el objeto materia del hecho delictivo. Por lo anterior, cuando el robo se comete en el extranjero internándose el objeto robado en el territorio nacional, se surte la hipótesis prevista en el artículo 2o., fracción I, del Código Penal Federal de tal suerte que es punible en la República Mexicana, sin que para ello sea relevante la nacionalidad de los sujetos activo o pasivo.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

Amparo en revisión 295/92.-C.R.B.P. de febrero de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: R.T.S.: C.M.A.S..


Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XII, julio de 1993, página 293, Tribunales Colegiados de Circuito...

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