Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5468 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910409
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Penal

En los casos en que se actualiza la causal de improcedencia prevista por el artículo 73, fracción IV, de la Ley de Amparo, y se advierta que el promovente de la acción constitucional intenta mediante una nueva demanda de garantías reclamar la sentencia que ya ha quedado firme por virtud de una ejecutoria de amparo anterior, argumentando en esta segunda ocasión la aplicación de las reformas al Código Penal Federal, debe decirse que aun cuando hayan entrado en vigor dichas reformas posteriormente a haberse dictado la sentencia del primer amparo, la causal de improcedencia en comento se surte y para aplicar dichas reformas, el artículo 56 del código indicado, establece claramente dos momentos en que pueden ser aplicadas éstas, siendo el primero cuando se "esté conociendo del asunto" y el segundo se da cuando el reo ya está compurgando una sentencia; así pues, como la resolución ha quedado firme por haberse agotado todos los recursos procedentes, la aplicación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR