Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5436 de Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910377
MateriaDerecho Civil,Derecho Penal,Derecho Procesal,Penal

Cuando una persona comparece ante la autoridad investigadora, como apoderado de un ente moral, para querellarse por la comisión de un delito, debe justificar, mediante documento fehaciente, la calidad de mandatario de aquella entidad social por quien actúa, en el cual, además, consten los datos de comprobación de la personalidad de quien otorgó el mandato, y de que estaba investido de las facultades necesarias para conferir el poder. En caso contrario, no se satisface la legitimación exigida por los artículos 119 y 120 del Código Federal de Procedimientos Penales, para estimar cumplido el requisito de procedibilidad de la querella.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER...

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