Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5434 de Segundo Tribunal Colegiado del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Número de registro910375
Fecha14 Mayo 2007
MateriaDerecho Penal,Derecho Fiscal,Penal
Fecha de publicación14 Mayo 2007

Es inexacto que la querella de que habla el artículo 92 del Código Fiscal de la Federación, como requisito de procedibilidad, deba ser previa al inicio de la averiguación, y no solamente al ejercicio de la acción penal, puesto que tal circunstancia no se advierte de la lectura del numeral citado, máxime si es de la propia averiguación previa de donde surgen los datos necesarios para estimar acreditada la existencia de hechos delictuosos previstos por los artículos 102, fracciones I y II, y 105, fracción VI, del Código Fiscal de la Federación, y presumir la responsabilidad del inculpado en su comisión, por lo que, siendo la querella tan sólo el requisito necesario para proceder en contra del inculpado ante el órgano jurisdiccional, y estando satisfecho tal requisito, es claro que la orden de aprehensión dictada no resulta violatoria de garantías en su perjuicio, sin que sea atendible lo que se alegue acerca de que sin querella no hay averiguación, pues la averiguación existe y lo que no se puede es proceder contra quienes resulten...

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