Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5360 de Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910301
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

Las actuaciones idóneas para interrumpir el curso de la prescripción de la acción persecutoria son aquellas que se practiquen en averiguación del delito y de los delincuentes, aunque no se lleven a cabo contra persona determinada por ignorarse su nombre, y por los hechos de los que derive el ilícito atribuido al indiciado; es decir, si la averiguación previa se inicia por un delito específico y no se realiza ninguna actuación referente a un diverso delito, que haya cometido otra persona relacionada con esos hechos, pero que no es la denunciada o aquella en contra de la que se ejercitó la acción penal, las actuaciones referidas al primer delito no interrumpen la prescripción en relación al segundo ilícito, ya que el carácter personal de ésta, exige que tenga un titular o hechos individualizados, y la misma razón jurídica rige en cuanto a los actos interruptivos. Lo anterior en virtud de que el artículo 110 del Código Penal Federal, sólo se refiere a...

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