Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5279 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910220
MateriaDerecho Penal,Penal

Es inexacto que la edad del inculpado sólo sea útil para determinar si es imputable o no, pues como la capacidad de discernimiento de cualquier sujeto aumenta con el transcurso de los años y esto le permite advertir con más claridad las consecuencias de sus actos, es evidente que la edad del activo constituye un factor importante para apreciar su comportamiento, y así lo reconoce el artículo 52, párrafo segundo, del Código Penal Federal, al disponer que: "... en la aplicación de las sanciones penales se tendrá en cuenta: ... 2o. La edad ... del sujeto ...".


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

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