Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5231 de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910172
MateriaDerecho Penal,Penal

Si la autoridad judicial no se pronunció respecto del beneficio de la pena condicional, el Tribunal Colegiado se encuentra impedido para exigir a dicha autoridad que analice tal cuestión y, más aún, que otorgue tal beneficio; pues dicha concesión es a juicio del juzgador y, por tanto, no constituye un derecho del sentenciado sino una facultad potestativa de la autoridad judicial, por consiguiente, si ésta no hizo un pronunciamiento expreso respecto de tal cuestión, ello no es ilegal, ya que no obstante haber reducido al quejoso la pena impuesta por el Juez de primer grado, el órgano colegiado se encuentra impedido para obligar mediante el amparo a que la responsable se pronuncie al respecto, por ser esto, como ya se ha dicho, una facultad potestativa de aquélla, de ahí que en el supuesto de que el...

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