Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5211 de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910152
MateriaDerecho Penal,Penal

No existe precepto legal alguno que prevenga que por el hecho de que el sujeto activo se encuentre en estado de ebriedad al momento de perpetrar un hecho delictivo, pueda influir para aminorar su peligrosidad, ya que el juzgador debe aplicar las sanciones con base en las reglas que prevén los artículos 72 al 82 del Código Penal para el Estado de Puebla.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 1/92.-B.Z. Teutli.-26 de febrero de 1992.-Mayoría de...

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