Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5178 de Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910119
MateriaDerecho Penal,Penal

En términos del artículo 255 del Código Penal para el Estado de México, se equipara al delito de parricidio y se le impondrá la misma pena al que prive de la vida al cónyuge o cualquier descendiente consanguíneo en línea recta, sea legítimo o natural; de donde se concluye que para la configuración del tipo en el segundo de los supuestos, es menester que la persona a la que se le privó de la vida tenga un parentesco de consanguinidad en línea recta con el activo; hipótesis que no se surte cuando el sujeto pasivo únicamente fue reconocido por aquél en forma legal como hijo, pero se demuestra que fue...

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