Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5115 de Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910056
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

El artículo 16 constitucional señala como requisitos para que se dicte una orden de aprehensión, entre otros, que la misma sea pronunciada por una autoridad judicial, sin especificar que sea la competente por razón de territorio, lo que permite la legal existencia de preceptos como el 18 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Veracruz, que estatuye que el J. o tribunal que se considere incompetente para conocer de una causa deberá enviar de oficio las actuaciones a la autoridad que juzgue competente después de haber practicado las diligencias más urgentes y de haber dictado auto de formal...

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