Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5066 de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910007
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Penal

Existe mandamiento expreso por la fracción IV del artículo 73 de la Ley de Amparo, en declarar improcedente el juicio y en consecuencia sobreseerlo, cuando se advierte que el acto reclamado ya fue materia de una ejecutoria en otro juicio de amparo. Así, aun cuando el quejoso manifieste que en la orden de captura que reclama (nuevamente) aparece un nombre semejante a él, ese dato no es motivo suficiente para el análisis de dicha orden, pues el hecho de llamarse sin el segundo apellido, como aparece en la primera demanda, no es indicativo necesariamente de que se trate de dos personas diferentes, amén de que no es usual que personas distintas al interesado, o a su autorizado provoquen la instancia ante un órgano jurisdiccional donde no son parte; consecuentemente, si el quejoso no obstante de haber tenido conocimiento de los informes justificados, no demostró que no era él la persona quien con anterioridad había promovido el diverso juicio de garantías, y en el que le fue negado el amparo, como podría hacerlo, demostrando que la firma contenida en el...

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