Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5054 de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909995
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

Efectuando una interpretación de los artículos 130 y 136 de la Ley de Amparo, se puede establecer que el efecto que produce la suspensión del acto reclamado, en los casos en que éste se hace consistir en una orden de aprehensión, acto con el cual se inicia el procedimiento penal para los efectos del juicio constitucional, lo es únicamente, como caso de excepción en tratándose de materia penal, para que el quejoso quede a disposición de la autoridad de amparo, por lo que respecta a su libertad personal, bajo la responsabilidad de la autoridad ejecutora; sin ser obstáculo a lo anterior el que se presente ante el Juez de la causa para la continuación del procedimiento instaurado en su contra y sin que esto último implique, en caso de no hacerlo, fundamento para que le sea negada la medida suspensional definitiva solicitada. Pues en todo caso, el que el quejoso cumpla o no con ese requisito procesal traerá a su vez la consecuencia de que la suspensión concedida deje de surtir efectos, con todos los perjuicios que tal medida acarrearía...

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