Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4952 de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909893
MateriaPenal

El artículo 157 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, prevé el delito de motín en los siguientes términos: "Cometen el delito de motín quienes para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio, o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenacen a la autoridad para intimidarla u obligarla a tomar alguna determinación.". Así se obtiene que dicho delito es de realización tumultuaria (participación de masas), que ponen en peligro la seguridad del Estado por el uso de violencia con la que se expresa una inconformidad, cuyo único fin se hace consistir en hacer a través de actos violentos o de manera intimidatoria hacia la autoridad, el uso de un derecho, reconocido o no por las autoridades o...

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