Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Septimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4942 de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909883
MateriaDerecho Procesal,Penal

En términos de los artículos 2o., fracción III y 3o., fracción I, del Código de Procedimientos Penales para el Estado, el representante social tiene facultades para recabar las pruebas de la existencia de los delitos y de la responsabilidad de quienes en ellos hubieran participado, motivo por el que las que reciban en esas condiciones tienen el valor probatorio que corresponda y deben ser tomadas en cuenta por los juzgadores que de ellas conozcan.


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