Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4927 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909868
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

Si bien es verdad que la fracción III del artículo 12 de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Michoacán, entre las funciones del órgano investigador, señala la consistente en que éste procure la conciliación entre el denunciante y el inculpado, también lo es que el hecho de que la autoridad ministerial no acate tal disposición, no entraña violación a las leyes del procedimiento, porque de la lectura del precepto invocado se infiere que sólo se trata de una facultad que tiene el representante social, de ahí que su no ejercicio no origina la nulidad...

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