Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4926 de Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909867
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

Si de las constancias que integran la averiguación previa que culminaron con la consignación del quejoso, se desprende que todas y cada una de las diligencias fueron presididas, por el investigador del Ministerio Público en la Policía Judicial del Estado por ministerio de ley, implica violación al artículo 21 constitucional, mismo que establece que la persecución de los delitos incumbe sólo al Ministerio Público y a la Policía Judicial, la cual estará bajo la autoridad y mandamiento de aquél. Sin que sea óbice para arribar a la anterior conclusión, que la Ley Orgánica del Ministerio Público, contemple la posibilidad de suplir las faltas del agente del Ministerio Público porque en la especie no es posible determinar si la persona que integró la averiguación respectiva actuó con el carácter con que se ostenta por designación directa por el procurador general de Justicia, o si se trata, del secretario de mayor antigüedad de la agencia, o el que le sigue en tiempo, lo que impide decidir sobre la personalidad de quien se manifieste agente del Ministerio Público por ministerio de ley; lo que lleva a colegir que los hechos de los ilícitos por los cuales se libró la orden de aprehensión en contra del quejoso, fue practicada por una persona no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR