Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4846 de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909787
MateriaDerecho Penal,Penal

De la interpretación de los artículos 321, 323, 324, fracción VII y 326 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tlaxcala, se desprende que, al notificarse al procesado el auto por el que se le concedió el beneficio de la libertad provisional bajo caución y señalarse el día específico de cada semana en que debe firmar el libro de control de procesados que gozan de tal beneficio, no es indispensable hacerle saber las causas de revocación del mismo, previstas por el artículo 324 del referido ordenamiento legal; luego, atento a lo establecido en la fracción VII del precitado numeral, una causa de revocación del beneficio del que se habla, es que el procesado no cumpla con algunas de las obligaciones a que alude el diverso artículo 321 del propio código adjetivo penal, entre las que se...

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