Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4842 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909783
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

El artículo 239 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social del Estado de Yucatán califica como grave el delito de robo, previsto por el diverso numeral 330, fracción IV, del código sustantivo y establece una pena de prisión de seis a diez años, en los casos en que el valor de lo sustraído exceda de cuatrocientas veces el salario. Ahora bien, las pruebas que el procesado ofrezca con posterioridad al dictado del auto de formal prisión, con la finalidad de acreditar que el monto de lo robado es menor al estimado en dicho auto y así obtener el beneficio de su libertad bajo caución, no son aptas para ser tomadas en consideración al resolver si se concede tal beneficio, pues, al...

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