Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4837 de Tribunal Colegiado del Noveno Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909778
MateriaDerecho Constitucional,Penal

Si al quejoso que compurga una pena privativa de libertad impuesta por sentencia firme, se le niega el beneficio de la libertad preparatoria, el juicio de amparo que promueva reclamando dicha resolución denegatoria queda sujeto al término de quince días que establece el artículo 21 de la Ley de Amparo, ya que en el caso apuntado no opera la excepción a que se contrae la fracción II del artículo 22 del citado ordenamiento, porque la denegación aludida no constituye en sí un acto que ataque la libertad personal del agraviado, puesto que la privación de esa libertad obedece a la sentencia condenatoria.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

Amparo en revisión 287/79.-C.P. Lugo.-6 de septiembre de 1979.-Unanimidad de...

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