Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4796 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909737
MateriaDerecho Público y Administrativo,Penal

Si los hechos ocurrieron bajo el imperio de la abrogada Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, que fijaba una pena pecuniaria más benigna, ésta debe ser la aplicable, atendiendo a la regla que establece el artículo 56 del Código Penal Federal, que dice: "Cuando entre la comisión de un delito y la extinción de la pena o medida de seguridad entrare en vigor una nueva ley, se estará en lo dispuesto en la más favorable al inculpado o sentenciado. La autoridad que esté conociendo del asunto o ejecutando la sanción, aplicará de oficio la ley más favorable."; aun cuando el artículo segundo transitorio del decreto que creó la nueva Ley de Instituciones de Crédito autoriza la aplicación de la norma abrogada sólo a las personas que estuvieron procesadas o sentenciadas, por los hechos ejecutados con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo ordenamiento y no a los inculpados que se encontraban prófugos, porque de lo contrario se atentaría contra el principio de jerarquía...

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