Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Septimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4773 de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909714
MateriaDerecho Penal,Penal

Si el Juez natural al dictar la orden de aprehensión por el delito de lesiones tomó en cuenta la opinión emitida por el médico legista en el certificado provisional, en el sentido de que la lesión causada por el quejoso "pudiera" dejarle cicatriz visible y perpetua en la cara al ofendido, ello es correcto, pues en materia de pericia el órgano jurisdiccional se sirve de expertos para ilustrar su criterio sobre cuestiones que desconoce, como en el caso de alteración de los tejidos o ruptura de su continuidad en que se ignora si será o no de indeleble permanencia, por lo que dicha opinión deberá prevalecer hasta en tanto se verifique por la autoridad judicial si la lesión...

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