Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4712 de Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909653
MateriaDerecho Penal,Penal

Si la sentencia reclamada lleva a cabo la individualización de la pena a la quejosa en forma conjunta con otro coacusado, ello infringe los artículos 59 y 60 del Código Penal del Estado y las garantías consagradas en los artículos 14, 16, 20, 21, 22 y 23 de la Constitución pues la individualización, como su propio nombre lo indica y lo señala el primer precepto al decir "apreciando la personalidad del delincuente", supone que el Juez estudiando los hechos delictivos, su forma de comisión y la personalidad específica y concreta del delincuente le aplica una pena a éste y no a otro diferente, de acuerdo a esos lineamientos. Por tanto si a la quejosa se le individualiza la pena junto con su coacusado, el fallo es violatorio de las disposiciones legales citadas y debe ampararse para que se haga la individualización correcta observando los demás lineamientos que al efecto manda la ley.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 782/92.-M.d.P.M. Guerrero.-21 de octubre de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: R.S.S..-Secretario: P.R.A..


Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo X, diciembre de 1992, página 318, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis II.2o.77 P.

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