Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4633 de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909574
MateriaPenal

Por lo que se refiere al delito de golpes, de la interpretación de la fracción I del artículo 360 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, se puede concluir válidamente que los elementos que constituyen el tipo delictivo de que se trata, son los siguientes: a) El golpe, no debiendo entenderse sólo la violencia conducente, sino cualquier acción material realizada por medio de la fuerza física sobre la persona de otro; las hipótesis legales de la acción de golpear son: 1. Una bofetada, un puñetazo, un latigazo o cualquier otro golpe en la cara, realizado públicamente y fuera de riña; 2. Los azotes; y, 3. Cualquier otro golpe simple; b) El animus injuriandi, que no es otra cosa que el ánimo de causar vilipendio a otro, sea en su reputación (concepto que a los demás...

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