Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4583 de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909524
MateriaPenal

No se configura el ilícito de fraude previsto en el numeral 317, fracción II, del Código Penal del Estado de México, cuando se advierte que el activo era propietario del inmueble, mediante contrato de compraventa celebrado con el entonces vendedor, donde éste no se reservó el dominio del objeto; de ahí que el inculpado se convirtió en propietario, por lo que no puede estimarse que al vender el inmueble que había adquirido, haya enajenado una cosa ajena, pues en virtud de la compraventa que celebró, tenía el carácter de propietario. Por tanto, se trataría de un asunto civil, sin que obste que el comprador no haya cubierto la totalidad del precio del inmueble.


PRIMER...

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