Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4579 de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909520
MateriaDerecho Civil,Penal

Es cierto que el fraude específico, previsto por el artículo 387, fracción X, y el fraude genérico que contempla el artículo 386, ambos del Código Penal Federal, son diferentes. Los dos llevan imbíbitos el engaño y el perjuicio patrimonial a la víctima; sin embargo, en el delito de fraude específico previsto en la fracción X del invocado artículo 387, la actividad engañosa desplegada por el sujeto activo se limita a la simulación de un contrato, acto o escrito judicial, lo que da al delito carácter especial o específico. En cambio, en el delito de fraude genérico, el engaño se produce mediante una gama ilimitada de acciones u omisiones desplegadas por el agente, entre las cuales puede hacerse uso de la simulación.


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