Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4565 de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909506
MateriaDerecho Penal,Penal

Si el inculpado no se ostentaba como médico, sino como "maestro" o "brujo", y no recetaba medicamentos de patente ni practicaba intervenciones quirúrgicas, y sólo daba "limpias y sahumerios y preparaba brebajes", o sea que no realizaba actos propios de una actividad profesional, como lo es la de médico cirujano, para que su conducta pudiera quedar comprendida dentro de los presupuestos del artículo 250, fracción II, inciso b), del Código Penal para el Distrito Federal, resulta jurídicamente correcta la condena por el delito de fraude específico previsto en el artículo 387, fracción XV, del mencionado Código Penal.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 288/82.-R.N.F. de febrero de 1983.-Unanimidad de votos.-Ponente: G.V.F..


Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 169-174, Sexta Parte, página 90, Tribunales Colegiados de Circuito.

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