Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4513 de Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909454
MateriaDerecho Penal,Penal

Si de las constancias de autos, se advierte que el acuerdo por el que se declara agotada la instrucción (que ordena el artículo 150 del Código Federal de Procedimientos Penales) carece de la firma del titular del juzgado, tal omisión se traduce en una violación a las leyes del procedimiento, que afectan invariablemente a la defensa del quejoso, porque en esas condiciones esa resolución es inexistente, y por tanto, las subsecuentes actuaciones del proceso se encuentran viciadas.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.

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