Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4493 de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909434
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Penal

Si bien es cierto que el artículo 32 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito dispone que el endoso de los títulos de crédito puede hacerse en blanco con la sola firma del endosante y que en este caso cualquier tenedor puede llenar con su nombre o el de un tercero el endoso en blanco, o transmitir el título sin llenar el endoso, debe no obstante afirmarse que al hacerse uso de tal autorización, tendrá que ser en forma lícita, lo cual no acontece cuando se asienta una fecha que no corresponde a la realidad, haciendo aparecer como ciertos hechos falsos, sin el consentimiento del ofendido. Y si esta clase de hechos se hicieron constar para constituir prueba en juicio ejecutivo mercantil, en el que se embargaron bienes del deudor, se da el caso en el que se surten las hipótesis previstas en los artículos 244, fracción VII, en relación con el 245 del Código Penal para el Distrito Federal, sin que sea...

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