Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4475 de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909416
MateriaPenal

Se integra el delito de falsedad ante autoridades no judiciales, previsto y sancionado por el artículo 115 del Código Penal del Estado de Colima, si se falta a la verdad al declarar ante una autoridad, como lo es un oficial del Registro Civil, ante quien manifestó la acusada ser la esposa del pasivo, cuando sólo tenía el carácter de concubina, puesto que para que se configure tal ilícito, únicamente es necesario el hecho de faltar a la verdad al declarar ante una autoridad. Ello sin interesar la finalidad con que se dio el dato falso, ni...

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