Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4404 de Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909345
MateriaPenal

El certificado de ebriedad del inculpado que se encuentra en este estado, debe tenerse como válido al ser expedido por un solo médico legista, si en lugar de los hechos no existe otro perito o si se trata de un caso urgente, al tenor del artículo 231 del Código de Procedimientos Penales del Estado de México.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 183/92.-J.A...

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