Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4352 de Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909293
MateriaPenal

De conformidad con el artículo 308, fracción I, del Código Penal para el Estado de Tlaxcala, comete el delito de despojo el que de propia autoridad y haciendo violencia física o moral a las personas, o furtivamente, o empleando amenazas o engaño, ocupe un inmueble ajeno, o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca. De lo anterior se sigue que para integrar esta figura delictiva no basta con que se demuestre que el agente ocupó un inmueble ajeno sino que es necesario además, la prueba de que tal ocupación se llevó a cabo ejerciendo violencia, en forma furtiva o...

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