Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4331 de Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909272
MateriaPenal

De acuerdo al artículo 397, fracción I, del Código Penal del Estado, los elementos constitutivos del delito de despojo de cosas inmuebles o de aguas son: a) ocupación de un inmueble o uso del mismo, o de un derecho real ajeno; b) de propia autoridad, y c) que aquélla se haga ejerciendo violencia, en forma furtiva, empleando engaño o amenaza, por tanto, si el quejoso para disponer del bien inmueble procedió a ocuparlo y realizar una construcción, esa sola circunstancia no debe determinar que existió furtividad en su conducta, aun y cuando entró en posesión del inmueble de propia autoridad, porque tal elemento no consiste en el desconocimiento del acto de la posesión por parte del propietario del inmueble, sino en el aprovechamiento de condiciones que propician el acto de la ocupación de un inmueble, tales como la ausencia de testigos, la ausencia o descuido del legítimo poseedor, la utilización de la oscuridad para ejecutar el hecho.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Amparo directo 447/91.-A.S.Z. de noviembre de 1991.-Unanimidad de votos.-Ponente: R.B.P.: C.H. de L.R..


Semanario Judicial de la Federación, Octava...

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