Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4266 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909207
MateriaDerecho Penal,Penal

El artículo 316 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche, dispone que en los casos en que el delito, por estar sancionado con pena alternativa o no corporal, o con pena privativa de libertad que no exceda de un año, no ha lugar a detención preventiva, se librará orden de comparecencia en contra del inculpado para que rinda su declaración preparatoria, siempre que haya elementos que permitan determinar la existencia del delito y la presunta responsabilidad en su comisión del mismo acusado. Por su parte, el diverso artículo 57 del Código Penal del Estado, establece que en los casos de delitos culposos se impondrá hasta la cuarta parte de las penas y medidas de seguridad asignadas por la ley al tipo básico del delito doloso. En consecuencia, en la comisión de un delito culposo, para estimar la pena que en definitiva...

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