Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4251 de Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909192
MateriaDerecho Civil,Derecho Mercantil y de la Empresa,Penal

No se configura el delito a que se refiere el artículo 141, fracción I, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en relación con el 3o. del mismo ordenamiento legal, si el inculpado, a través de una sociedad anónima, celebra contratos de prestación de servicios con clientes en virtud de los cuales a cambio de una suma de dinero se obliga a cubrir el porcentaje deducible en ocasión de cada siniestro protegido por un seguro de automóvil que aquéllos hayan contratado con una compañía aseguradora, pues tal conducta no constituye la práctica de alguna operación activa de seguros, que es privativa de las aseguradoras ni implica intermediación en esas operaciones ni en la contratación de seguro con empresas extranjeras, ya que es exigencia que el contrato de...

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