Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4239 de Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909180
MateriaDerecho Penal,Penal

Es inexacto que tratándose del delito de incumplimiento de los deberes alimentarios, por ser de los que para su persecución se necesita querella del ofendido, deba prescribir en el término de un año; en virtud de que de conformidad con el artículo 103 del Código Penal, la prescripción no opera en los delitos de esta naturaleza, ya que mientras esa conducta no cese de plano, se sigue generando el derecho de querellarse por el delito en comento, ya que esa obligación surge de manera sucesiva y permanente, y sus efectos se prolongan durante el tiempo en que el sujeto activo mantiene el estado...

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