Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4205 de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909146
MateriaDerecho Penal,Penal

Como de autos se desprende que las reuniones que se verificaban, eran con un fin determinado, como lo es la planeación del robo, esto es, existía un acuerdo previo, que forma parte del iter criminis para un delito en particular, lo cual encuadra dentro de la hipótesis que prevé el artículo 11 del Código Penal para el Estado de México, referente a la participación del sujeto activo en la comisión de un ilícito, por lo que la circunstancia de que el quejoso se haya reunido en varias ocasiones con un grupo de sujetos, no implica que precisamente se trate de una delincuencia organizada, ya que el objetivo de dichas reuniones fue para la planeación del robo, por tanto la finalidad del ilícito es abstracta o indeterminada; aun cuando el propio quejoso y coacusados hayan confesado haber cometido otros robos, para estimar que efectivamente integran una banda organizada...

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