Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4192 de Tribunal Colegiado del Décimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909133
MateriaDerecho Procesal,Penal

Si el procesado nombra su defensor particular y acordada la petición, la autoridad no notifica a éste la designación, sino que dispone hacer de su conocimiento el aludido nombramiento por conducto del inculpado, se comete una violación sustancial al procedimiento que afecta las defensas del quejoso, porque no existe precepto legal que faculte al Juez para encomendar a una de las partes la notificación de los acuerdos ni menos para imponer al reo la obligación de comunicar a su defensor que la designación fue aceptada, ya que en todo caso la notificación de los decretos, autos y sentencias, corresponde al actuario del juzgado; de tal manera que se vulnera lo dispuesto en la fracción IX del artículo 20 constitucional que da derecho al acusado de ser oído en su defensa por persona de...

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