Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4144 de Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909085
MateriaDerecho Penal,Penal

El ilícito de daño en los bienes, es perseguible de oficio por ser un delito intencional, por lo cual, el perdón del ofendido sólo repercute en la exclusión de la condena al pago de la reparación del daño, mas no así a la extinción de la acción penal.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 126/92.-C.A.G.R. de marzo de...

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