Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4136 de Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909077
MateriaDerecho Penal,Penal

El artículo 197 bis del Código Penal del Estado de Nuevo León establece que incurre en el delito de corrupción de menores, la persona que le venda a un menor de dieciocho años o le proporcione por cualquier concepto sustancias tóxicas, tales como thiners, solventes, sarolos, pegamentos, cementos plásticos o cualquiera otra que produzca efectos similares con la finalidad de ser consumidos por el menor con propósitos enervantes. Ahora bien, si en autos sólo está demostrado que se sorprendió al acusado en compañía de un menor "drogándose" con la sustancia denominada thiner que ambos adquirieron, resulta indiscutible que no se configura el delito atribuido, pues para ello era necesario que el acusado hubiera vendido...

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