Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4105 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909046
MateriaDerecho Civil,Penal

No se configura el delito previsto por el artículo 207, fracción I, del Código Penal del Estado de Veracruz, por el hecho de que el quejoso haya efectuado un segundo registro de los menores a quienes reconoció como sus hijos, puesto que en la ampliación de denuncia la madre de los menores aceptó que el recurrente es el padre de ellos; por lo que en el caso no los inscribió con una filiación que no les correspondía, ni alteró su estado civil, sino por el contrario con ello regularizó la personalidad jurídica de los menores, para que éstos puedan disponer de un nombre y apellidos de sus progenitores.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

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