Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4073 de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909014
MateriaDerecho Procesal,Penal

La declaración del acusado ante el J. que conoció del juicio civil que dio origen al proceso, en que acepta ciertos hechos relacionados con la causa penal, no constituye prueba plena, por no haber sido hecha ante el J. o tribunal de la causa ni ante el agente del Ministerio Público, y cuando más sólo constituirá presunción humana a que se contrae el artículo 175 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social del Estado de Puebla.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 491/94.-Luz M.M. y T.A.R.R...

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