Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4032 de Tribunal Colegiado del Décimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908973
MateriaDerecho Penal,Penal

Conforme al artículo 81 del Código Penal del Estado de Tabasco, queda al prudente arbitrio del juzgador decretar de oficio, o a petición de parte legítima, la suspensión de la ejecución de las sanciones privativas de la libertad, siempre que concurran las condiciones establecidas por dicho precepto, entre las que se encuentra la buena conducta anterior; y en esa virtud, en tratándose de procesos acumulados, el órgano jurisdiccional tiene la prueba fehaciente de que no es la primera vez que el inculpado delinque, por lo que si el juzgador en uso de su arbitrio niega ese beneficio, precisamente por falta de la...

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